HOLA, SOY NUEVO. Tengo unas dudas, si el trabajador recibe S/.4000.00 por trabajar para una hospital del estado en regimen CAS, es decir deja un recibo de honorarios y le retienen S/.400.00, debe declarar entre marzo y abril la renta anual, con el sistema simplificado que ofrece la sunat donde ya aparecen los montos y uno solo acepta. es decir la sunat tiene la informacion producto del PDT planilla electrónica o solo tendrá la información con el uso del PLAME. En segundo lugar si el mismo trabajador hace servicios por honararios de S/.1000.00 para una universidad del estado de la siguiente manera: mservicio ENE-FEB-MAR, deja el recibo en ABRIL, le pagan en JULIO, en una cta de ahorros, le devuelven el recibo en AGOSTO, sin retención y sin llenar la fecha de emisión. COMO DEBE PROCEDERSE CON ESTE RECIBO. En que mes se debio declarar Y pagar el 10% de ese recibo. SINO se declaro y pago tiempo, se piuede declara y pagar como un ingreso de Agosto, Setiembre u Octubre. que pasa si al llenar el pdt 616 parta declarar 4ta categoria mensual, anoto los recibos en desorden de números de serie, es decir 50 , 57, 45.
sino declaro nada y solo declaro lo anual, en la declaración simplificada saldrán este ing de S/.1000.00 pago y nada mas o traera problemas.
sino declaro nada y solo declaro lo anual, en la declaración simplificada saldrán este ing de S/.1000.00 pago y nada mas o traera problemas.